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DOCUMENTO PONTIFICIO -"REDEMPTIONIS SACRAMENTUM" - PARTE 9 -


-ULTIMA ENTREGA-

CONGREGACIÓN PARA EL CULTO DIVINO
Y LA DISCIPLINA DE LOS SACRAMENTOS

INSTRUCCIÓN

"REDEMPTIONIS SACRAMENTUM"


CONCLUSIÓN


185."A los gérmenes de disgregación entre los hombres, que la experiencia cotidiana muestra tan arraigada en la humanidad a causa del pecado, se contrapone la fuerza generosa de unidad del cuerpo de Cristo. La Eucaristía, construyendo la Iglesia, crea, precisamente por ello, comunidad entre los hombres".291 Por tanto, esta Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos desea que también mediante la diligente aplicación de cuanto se recuerda en esta Instrucción, la humana fragilidad obstaculice menos la acción del santísimo Sacramento de la Eucaristía y, eliminada cualquier irregularidad, desterrado cualquier uso reprobable, por intercesión de la Santísima Virgen María, "mujer eucarística",292 resplandezca en todos los hombres la presencia salvífica de Cristo en el Sacramento de su Cuerpo y de su Sangre.

186. Todos los fieles participen en la santísima Eucaristía de manera plena, consciente y activa, en cuanto es posible;293 la veneren con todo el corazón en la piedad y en la vida. Los Obispos, presbíteros y diáconos, en el ejercicio del sagrado ministerio, se pregunten en conciencia sobre la autenticidad y sobre la fidelidad en las acciones que realizan en nombre de Cristo y de la Iglesia, en la celebración de la sagrada Liturgia. Cada uno de los ministros sagrados se pregunte también con severidad si ha respetado los derechos de los fieles laicos, que se encomiendan a él y le encomiendan a sus hijos con confianza, en la seguridad de que todos desempeñan correctamente las tareas que la Iglesia, por mandato de Cristo, desea realizar en la celebración de la sagrada Liturgia, para los fieles.294 Cada uno recuerde siempre que es servidor de la sagrada Liturgia.295


Sin que obste nada en contrario

Esta Instrucción, preparada por mandato del Sumo Pontífice Juan Pablo II por la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, en colaboración con la Congregación para la Doctrina de la Fe, el mismo Pontífice la aprobó el día 19 del mes de marzo, solemnidad de San José, del año 2004, disponiendo que sea publicada y observada por todos aquellos a quienes corresponde.


291 JUAN PABLO II, Carta Encíclica, Ecclesia de Eucharistia, n. 24: AAS 95 (2003) p. 449.

292 Cf. ibidem, nn. 53-58: AAS 95 (2003) pp. 469-472.

293 Cf. CONC. ECUMÉNICO VATICANO II, Constitución sobre la s. Liturgia Sacrosanctum Concilium, n. 14; cf. también nn. 11, 41 y 48.

294 Cf. SANTO TOMÁS DE AQUINO, Summa Theol., III, q. 64, a. 9 ad primum.

295 Cf. MISSALE ROMANUM, Institutio Generalis, n. 24.


En Roma, en la Sede de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, en la solemnidad de la Anunciación del Señor, 25 de marzo del 2004.

Francis Card. Arinze
Prefecto


Domenico Sorrentino
Arzobispo Secretario

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