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DOCUMENTO PONTIFICIO -"REDEMPTIONIS SACRAMENTUM" - PARTE 6 -

CONGREGACIÓN PARA EL CULTO DIVINO
Y LA DISCIPLINA DE LOS SACRAMENTOS

INSTRUCCIÓN

"REDEMPTIONIS SACRAMENTUM"

CAPÍTULO VI


LA RESERVA DE LA SANTÍSIMA EUCARISTÍA Y SU CULTO FUERA DE LA MISA


1. LA RESERVA DE LA SANTÍSIMA EUCARISTÍA


129. "La celebración de la Eucaristía en el Sacrificio de la Misa es, verdaderamente, el origen y el fin del culto que se le tributa fuera de la Misa. Las sagradas especies se reservan después de la Misa, principalmente con el objeto de que los fieles que no pueden estar presentes en la Misa, especialmente los enfermos y los de avanzada edad, puedan unirse a Cristo y a su sacrificio, que se inmola en la Misa, por la Comunión sacramental". 219 Además, esta reserva permite también la práctica de tributar adoración a este gran Sacramento, con el culto de latría, que se debe a Dios. Por lo tanto, es necesario que se promuevan vivamente aquellas formas de culto y adoración, no sólo privada sino también pública y comunitaria, instituidas o aprobadas por la misma Iglesia. 220


130."Según la estructura de cada iglesia y las legítimas costumbres de cada lugar, el Santísimo Sacramento será reservado en un sagrario, en la parte más noble de la iglesia, más insigne, más destacada, más convenientemente adornada" y también, por la tranquilidad del lugar, "apropiado para la oración", con espacio ante el sagrario, así como suficientes bancos o asientos y reclinatorios. 221 Atiéndase diligentemente, además, a todas las prescripciones de los libros litúrgicos y a las normas del derecho, 222 especialmente para evitar el peligro de profanación. 223


131. Además de lo prescrito en el can. 934 § 1, se prohíbe reservar el Santísimo Sacramento en los lugares que no están bajo la segura autoridad del Obispo diocesano o donde exista peligro de profanación. Si esto ocurriera, el Obispo revoque inmediatamente la facultad, ya concedida, de reservar la Eucaristía. 224


132. Nadie lleve la Sagrada Eucaristía a casa o a otro lugar, contra las normas del derecho. Se debe tener presente, además, que sustraer o retener las sagradas especies con un fin sacrílego, o arrojarlas, constituye uno de los "graviora delicta", cuya absolución está reservada a la Congregación para la Doctrina de la Fe. 225


133. El sacerdote o el diácono, o el ministro extraordinario, cuando el ministro ordinario esté ausente o impedido, que lleva al enfermo la Sagrada Eucaristía para la Comunión, irá directamente, en cuanto sea posible, desde el lugar donde se reserva el Sacramento hasta el domicilio del enfermo, excluyendo mientras tanto cualquier otra actividad profana, para evitar todo peligro de profanación y para guardar el máximo respeto al Cuerpo de Cristo. Además, sígase siempre el ritual para administrar la Comunión a los enfermos, como se prescribe en el Ritual Romano. 226


2. ALGUNAS FORMAS DE CULTO A LA S. EUCARISTÍA FUERA DE LA MISA


134. "El culto que se da a la Eucaristía fuera de la Misa es de un valor inestimable en la vida de la Iglesia. Dicho culto está estrechamente unido a la celebración del sacrificio Eucarístico". 227 Por lo tanto, promuévase insistentemente la piedad hacia la santísima Eucaristía, tanto privada como pública, también fuera de la Misa, para que sea tributada por los fieles la adoración a Cristo, verdadera y realmente presente, 228 que es "pontífice de los bienes futuros" 229 y Redentor del universo. "Corresponde a los sagrados Pastores animar, también con el testimonio personal, el culto eucarístico, particularmente la exposición del santísimo Sacramento y la adoración de Cristo presente bajo las especies eucarísticas". 230


135."La visita al santísimo Sacramento", los fieles, "no dejen de hacerla durante el día, puesto que el Señor Jesucristo, presente en el mismo, como una muestra de gratitud, prueba de amor y un homenaje de la debida adoración". 231 La contemplación de Jesús, presente en el santísimo Sacramento, en cuanto es comunión espiritual, une fuertemente a los fieles con Cristo, como resplandece en el ejemplo de tantos Santos. 232"La Iglesia en la que está reservada la santísima Eucaristía debe quedar abierta a los fieles, por lo menos algunas horas al día, a no ser que obste una razón grave, para que puedan hacer oración ante el santísimo Sacramento". 233


136. El Ordinario promueva intensamente la adoración eucarística con asistencia del pueblo, ya sea breve, prolongada o perpetua. En los últimos años, de hecho, en tantos "lugares la adoración del Santísimo Sacramento tiene cotidianamente una importancia destacada y se convierte en fuente inagotable de santidad", aunque también hay "sitios donde se constata un abandono casi total del culto de adoración eucarística". 234 


137. La exposición de la santísima Eucaristía hágase siempre como se prescribe en los libros litúrgicos. 235 Además, no se excluya el rezo del rosario, admirable "en su sencillez y en su profundidad", 236 delante de la reserva eucarística o del santísimo Sacramento expuesto. Sin embargo, especialmente cuando se hace la exposición, se evidencie el carácter de esta oración como contemplación de los misterios de la vida de Cristo Redentor y de los designios salvíficos del Padre omnipotente, sobre todo empleando lecturas sacadas de la sagrada Escritura. 237


138. Sin embargo, el santísimo Sacramento nunca debe permanecer expuesto sin suficiente vigilancia, ni siquiera por un tiempo muy breve. Por lo tanto, hágase de tal forma que, en momentos determinados, siempre estén presentes algunos fieles, al menos por turno.


139. Donde el Obispo diocesano dispone de ministros sagrados u otros que puedan ser designados para esto, es un derecho de los fieles visitar frecuentemente el santísimo sacramento de la Eucaristía para adorarlo y, al menos algunas veces en el transcurso de cada año, participar de la adoración ante la santísima Eucaristía expuesta.


140. Es muy recomendable que, en las ciudades o en los núcleos urbanos, al menos en los mayores, el Obispo diocesano designe una iglesia para la adoración perpetua, en la cual se celebre también la santa Misa, con frecuencia o, en cuanto sea posible, diariamente; la exposición se interrumpirá rigurosamente mientras se celebra la Misa. 238 Conviene que en la Misa, que precede inmediatamente a un tiempo de adoración, se consagre la hostia que se expondrá a la adoración y se coloque en la custodia, sobre el altar, después de la Comunión. 239


141. El Obispo diocesano reconozca y, en la medida de lo posible, aliente a los fieles en su derecho de constituir hermandades o asociaciones para practicar la adoración, incluso perpetua. Cuando esta clase de asociaciones tenga carácter internacional, corresponde a la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos erigirlas o aprobar sus estatutos. 240


3. LAS PROCESIONES Y LOS CONGRESOS EUCARÍSTICOS


142."Corresponde al Obispo diocesano dar normas sobre las procesiones, mediante las cuales se provea a la participación en ellas y a su decoro" 241 y promover la adoración de los fieles.


143."Como testimonio público de veneración a la santísima Eucaristía, donde pueda hacerse a juicio del Obispo diocesano, téngase una procesión por las calles, sobre todo en la solemnidad del Cuerpo y Sangre de Cristo", 242 ya que la devota "participación de los fieles en la procesión eucarística de la solemnidad del Cuerpo y Sangre de Cristo es una gracia de Dios que cada año llena de gozo a quienes toman parte en ella". 243


144. Aunque en algunos lugares esto no se pueda hacer, sin embargo, conviene no perder la tradición de realizar procesiones eucarísticas. Sobre todo, búsquense nuevas maneras de realizarlas, acomodándolas a los tiempos actuales, por ejemplo, en torno al santuario, en lugares de la Iglesia o, con permiso de la autoridad civil, en parques públicos.


145. Sea considerada de gran valor la utilidad pastoral de los Congresos Eucarísticos, que "son un signo importante de verdadera fe y caridad". 244 Prepárense con diligencia y realícense conforme a lo establecido, 245 para que los fieles veneren de tal modo los sagrados misterios del Cuerpo y la Sangre del Hijo de Dios, que experimenten los frutos de la redención. 246


NOTAS


219 S. CONGR. CULTO DIVINO, Decr., Eucharistiae sacramentum, día 21 de junio de 1973: AAS 65 (1973) 610.

220 Cf. ibidem.

221 Cf. S CONGR. RITOS, Instr., Eucharisticum mysterium, n. 54: AAS 59 (1967) p. 568; Instr., Inter Oecumenici, día 26 de septiembre de 1964, n. 95: AAS 56 (1964) pp. 877-900, esto p. 898; MISSALE ROMANUM, Institutio Generalis, n. 314.

222 Cf. JUAN PABLO II, Carta, Dominicae Cenae, n. 3: AAS 72 (1980) pp. 117-119; S CONGR. RITOS, Instr., Eucharisticum mysterium, n. 53: AAS 59 (1967) p. 568; Código de Derecho Canónico, c. 938 § 2; RITUALE ROMANUM, De sacra Communione et de cultu Mysterii eucharistici extra Missam, Praenotanda, n. 9; MISSALE ROMANUM, Institutio Generalis, nn. 314- 317.

223 Cf. Código de Derecho Canónico, c. 938 §§ 3-5.

224 S. CONGR. DISC. SACRAMENTOS, Instr., Nullo unquam, día 26 de mayo de 1938, n. 10d: AAS 30 (1938) pp. 198-207, esto p. 206.

225 Cf. JUAN PABLO II, Carta Apostólica "motu proprio datae", Sacramentorum sanctitatis tutela, día 30 de abril del 2001: AAS 93 (2001) pp. 737-739; CONGR. DOCTRINA FE, Carta ad totius Catholicae Ecclesiae Episcopos aliosque Ordinarios et Hierarchas quorum interest: de delictis gravioribus eidem Congregationi pro Doctrina Fidei reservatis: AAS 93 (2001) p. 786.

226 Cf. RITUALE ROMANUM, De sacra Communione et de cultu Mysterii eucharistici extra Missam, nn. 26-78.

227 JUAN PABLO II, Carta Encíclica, Ecclesia de Eucharistia, n. 25: AAS 95 (2003) pp. 449-450.

228 Cf. CONCILIO ECUMÉNICO TRIDENTINO, Sesión XIII, día 11 de octubre de 1551, Decr. De Ss. Eucharistia, cap. 5: DS 1643; PÍO XII, Carta Encíclica, Mediator Dei: AAS 39 (1947) p. 569; PABLO VI, Carta Encíclica, Mysterium Fidei, día 3 de septiembre de 1965: AAS 57 (1965) pp. 753-774, esto pp. 769-770; S CONGR. RITOS, Instr., Eucharisticum mysterium, n. 3f: AAS 59 (1967) p. 543; S. CONGR. SACRAMENTOS Y CULTO DIVINO, Instr., Inaestimabile donum, n. 20: AAS 72 (1980) p. 339; JUAN PABLO II, Carta Encíclica, Ecclesia de Eucharistia, n. 25: AAS 95 (2003) pp. 449-450.

229 Cf. Heb 9, 11; JUAN PABLO II, Carta Encíclica, Ecclesia de Eucharistia, n. 3: AAS 95 (2003) p. 435.

230 JUAN PABLO II, Carta Encíclica, Ecclesia de Eucharistia, n. 25: AAS 95 (2003) p. 450.

231 PABLO VI, Carta Encíclica, Mysterium Fidei: AAS 57 (1965) p. 771.

232 Cf. JUAN PABLO II, Carta Encíclica, Ecclesia de Eucharistia, n. 25: AAS 95 (2003) pp. 449-450.

233 Código de Derecho Canónico, c. 937.

234 JUAN PABLO II, Carta Encíclica, Ecclesia de Eucharistia, n. 10: AAS 95 (2003) p. 439.

235 Cf. RITUALE ROMANUM, De sacra Communione et de cultu Mysterii eucharistici extra Missam, nn. 82-100; MISSALE ROMANUM, Institutio Generalis, n. 317; Código de Derecho Canónico, c. 941 § 2.

236 JUAN PABLO II, Carta Apostólica, Rosarium Virginis Mariae, día 16 de octubre del 2002: AAS 95 (2003) pp. 5-36, esto en n. 2, p. 6.

237 Cf. CONGR. CULTO DIVINO Y DISC. SACRAMENTOS, Carta de la Congregación, día 15 de enero de 1998: Notitiae 34 (1998) pp. 506-510; PENITENCIARÍA APOSTÓLICA, Carta ad quemdam sacerdotem, día 8 de marzo de 1996: Notitiae 34 (1998) p. 511.

238 Cf. S CONGR. RITOS, Instr., Eucharisticum mysterium, n. 61: AAS 59 (1967) p. 571; RITUALE ROMANUM, De sacra Communione et de cultu Mysterii eucharistici extra Missam, n. 83; MISSALE ROMANUM, Institutio Generalis, n. 317; Código de Derecho Canónico, c. 941 § 2.
239 Cf. RITUALE ROMANUM, De sacra Communione et de cultu Mysterii eucharistici extra Missam, n. 94.

240 Cf. JUAN PABLO II, Const. Apostólica, Pastor bonus, art. 65: AAS 80 (1988) p. 877.

241 Código de Derecho Canónico, c. 944 § 2; cf. RITUALE ROMANUM, De sacra Communione et de cultu Mysterii eucharistici extra Missam, Praenotanda, n. 102; MISSALE ROMANUM, Institutio Generalis, n. 317.

242 Código de Derecho Canónico, c. 944 § 1; RITUALE ROMANUM, De sacra Communione et de cultu Mysterii eucharistici extra Missam, Praenotanda, nn. 101-102; MISSALE ROMANUM, Institutio Generalis, n. 317.

243 JUAN PABLO II, Carta Encíclica, Ecclesia de Eucharistia, n. 10: AAS 95 (2003) p. 439.

244 Cf. RITUALE ROMANUM, De sacra Communione et de cultu Mysterii eucharistici extra Missam, Praenotanda, n. 109.

245 Cf. ibidem, nn. 109-112.

246 Cf. MISSALE ROMANUM, In sollemnitate sanctissimi Corporis et Sanguinis Christi, Collecta, p. 489.


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